Los trabajadores autónomos tienen una serie de obligaciones con las administraciones públicas, y una de ellas, como bien sabes, es abonar religiosamente tu cotización mensual a la Seguridad Social, comúnmente conocida como la cuota de autónomos. Pero, ¿qué ocurre si no la pagas?, ¿a qué consecuencias te enfrentas? Te lo contamos.
La obligación de pagar de la cuota de autónomos
La obligación de cotizar nace desde el momento en que se inicia la actividad económica que se va a desarrollar y no se extingue hasta el día en que se cesa en la misma y queda constancia de ello a través de la baja de autónomos.
Estás obligado a la domiciliación de las cuotas, por lo que en los últimos días del mes la Seguridad Social te pasará el cargo que te corresponda.
Y como se trata de una obligación y, por tanto, es un pago ineludible, en caso de no cumplir con él se aplicarán recargos e intereses.
Estas son las consecuencias de no pagar la cuota de autónomos
El impago de la cuota de autónomos puede conllevar el cobro de recargos y/o intereses por parte de la Seguridad Social. Son los siguientes:
- Si no se realiza el pago dentro del plazo establecido, se aplicará un recargo del 10%, siempre que se abone en el mes siguiente.
- En caso de que el pago se retrase más de un mes, el recargo será del 20% más los intereses acumulados.
Además de los recargos e intereses, la Seguridad Social puede imponer sanciones al trabajador autónomo por el impago de sus cuotas. Las sanciones pueden variar en función del tiempo que ha transcurrido desde el impago, así como del importe de la deuda.
- Sanción del 20%: en el caso de que no se produzca el pago durante un periodo de tres meses, se le aplicará una sanción del 20% sobre el importe adeudado.
- Sanción del 35%: en cambio, si el plazo se amplía a un periodo igual o superior a seis meses, se le aplicará una sanción del 35% sobre el importe adeudado.
- Sanción del 50%: si un trabajador autónomo no paga su cuota de autónomos durante un periodo de un año, se le aplicará una sanción del 50% sobre el importe adeudado.
Pérdida de derechos
Si no pagas tus cuotas de autónomos durante un período prolongado, puedes perder el acceso a determinados derechos y prestaciones, como la protección social, la prestación por cese de actividad o la pensión de jubilación, entre otros.
Respecto a la tarifa reducida, este beneficio se pierde también automáticamente al no pagar la cuota, y deberá abonarse la cuota mínima de autónomos, que es de 234,50€.
Ahora ya sabes que debes evitar al máximo el impago de la cuota de autónomos, porque .¿Quieres llevar un control contable y fiscal de tu negocio para que esto te pase? En Asesoría Campastur estaremos encantados de ayudarte y echarte una mano en lo que necesites. Contacta con nosotros y céntrate en tu proyecto. El resto es cosa nuestra.