En mayo de 2020 se aprobó mediante Real Decreto el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación que busca reducir el riesgo de pobreza de las personas en situación de vulnerabilidad económica. Pero una de las dudas que suelen surgir a su respecto es si forma parte o no de las subvenciones de los autónomos, y bajo qué condiciones. Te sacamos de dudas.
¿Es compatible el IMV con el trabajo autónomo?
El IMV es una prestación económica implementada por el Gobierno para proporcionar apoyo financiero a personas que estén en situación de vulnerabilidad económica. Los trabajadores autónomos también pueden solicitarlo, aunque el profesional debe tener claro que no se trata de una renta universal, sino de una ayuda destinada a las personas que no alcancen un mínimo de ingresos.
Requisitos para solicitar el IMV si eres autónomo
Además de la vulnerabilidad económica, existen otros requisitos que el autónomo debe cumplir para acceder al Ingreso Mínimo Vital.
- No superar unos ingresos determinados: según establece el Gobierno, los ingresos máximos mensuales deben ser inferiores a 491,63 euros al mes para una persona adulta que viva sola. Se aumentan en 147,49 euros al mes por cada persona adicional, ya sean adultos o menores, que convivan en la misma vivienda.
- Tener entre 23 y 65 años de edad: el autónomo debe tener una edad comprendida entre los 23 y 65 años. Además, en el caso de tener menos de 29 años, se debe haber vivido de manera independiente durante los dos años anteriores a la solicitud.
- Residir de forma legal en España: la persona debe haber residido en España durante al menos un año antes de hacer la petición.
- No ejercer como administrador de una sociedad mercantil: no sólo esto, sino que tampoco está permitido convivir con alguien que lo haga.
- No contar con un patrimonio neto que sea tres veces superior al umbral de renta anual correspondiente a la situación del profesional.
¿A cuánto asciende la cuantía del IMV?
¿Quieres saber cuánto dinero vas a percibir por esta ayuda? Dependerá del número de miembros de la familia.
- De forma individual: 565,37 euros mensuales.
- Unidades de convivencia formada por un adulto y un menor o dos adultos, la cuantía es de 734,99 euros al mes.
- Unidades de convivencia formada por un adulto y dos menores, dos adultos y un menor o tres adultos, la cuantía es de 904,60 euros al mes.
- Unidades de convivencia formada por un adulto y tres menores, dos adultos y dos menores o tres adultos y un menor o por cuatro adultos, la cuantía es de 1.074,21 euros al mes.
- Unidades de convivencia formada por un adulto y cuatro o más menores, dos adultos y tres o más menores, o tres adultos y dos o más menores, o por cuatro adultos y un menor, la cuantía es de 1.243,83 euros al mes.
Como autónomo, la prestación del Ingreso Mínimo Vital puede ayudarte si tu situación es precaria y tus ingresos no cubren tus necesidades básicas, pero ¿quieres saber si tienes derecho a esta ayuda y si te conviene? En Asesoría Campastur te asesoramos sobre ésta y otra cuestión fiscal que pueda afectar a tu negocio. Contacta con nosotros y ¡asegúrate de que tu proyecto marcha sobre ruedas!